Con el fin de disminuir riesgos fitosanitarios en la producción agrícola, representados en la propagación de plagas, el ICA estableció las fechas límite para venta y siembra de semilla en cultivos de arroz, maíz tecnificado y soya en el departamento del Meta, para la cosecha del segundo semestre de 2024. Lo anterior mediante Resolución ICA 08710 de 2024.
Dentro del compromiso misional del ICA, es importante fijar medidas para hacer efectivo el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios, siempre evidenciando que las semillas para la siembra no constituyan un riesgo para la producción nacional y con esto evitar problemas sanitarios que afecten las actividades agrícolas.
Regular la venta de las semillas, se convierte en una medida de protección fitosanitaria y contribuye a disminuir la presencia de plagas y enfermedades de producción agrícola nacional, dirigida a garantizar la seguridad alimentaria de todos.
Las siguientes son las fechas de venta y siembra de semilla para el cultivo de arroz, maíz tecnificado y soya en el Meta:
Es importante destacar que el departamento del Meta es la región que tiene mayores hectáreas de siembra de arroz, maíz y soya. La participación en siembras de arroz es del 27.35% en un área de 86.449 hectáreas; en maíz fueron sembradas cerca de 6.367 hectáreas y de soya se sembraron cerca de 60.050 hectáreas, reflejadas en la Altillanura y en Piedemonte, según reporte de FENALCE.
Se recomienda tener en cuenta el uso de variedades de ciclo corto, por la disminución de caudales en los canales de riego en la temporada seca. Además, realizar siembras tempranas, preferiblemente antes del 15 de agosto por riesgo de pérdida por déficit hídrico.
Es importante hacer lectura de la resolución generada por la Entidad, pues las normas establecidas aplican para personas naturales o jurídicas que se ocupen de la producción, comercialización y siembra de cultivos de arroz, maíz tecnificado y soya dentro del área del departamento del Meta.
Dentro de las recomendaciones expuestas por el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, están:
Para los agricultores:
Comercializadores y productores de semillas:
Es importante hacer lectura de la resolución N8710 del 17 de julio de 2024, para conocer en detalle lo que se debe cumplir y atender, según los comités técnicos fitosanitarios del ICA.
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