Mediante el decreto 4525 de 2005 queda en firme la regulación de los OVM en Colombia, lo que genera estabilidad para quienes realizan actividades con estos organismos.
La Corte Constitucional, mediante Sentencia SU-090/18 del 27 de septiembre de 2018, confirmó los fallos de instancia que declararon improcedente la acción de tutela presentada por el representante legal de la Corporación Grupo Semillas contra el Consejo de Estado, en la que invocó la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y acceso a la administración de justicia, ante el supuesto desconocimiento del precedente judicial, falta de motivación y violación directa de la Constitución por parte del máximo órgano de lo contencioso administrativo al proferir el fallo que determinó la legalidad del Decreto 4525 de 2005.
El Decreto 4525 de 2005 establece el marco regulatorio de Organismo Vivos Modificados, OVM, contiene:
El fallo emitido por la Corte Constitucional cierra un largo proceso judicial que inició con acción de simple nulidad contra el Decreto en mención y término con sentencia en fase de revisión tutela, dejando en firme la regulación de los OVM en Colombia, lo que genera estabilidad para quienes realizan actividades con estos organismos.
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